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Viernes 13 de Febrero del 2026

   
   
  
   

Anulan acuerdo de responsabilidad en causa por estrago doloso y lesiones

 

08/08/2025

 

Neuquén – En el marco de una audiencia realizada el viernes, un tribunal colegiado resolvió anular el acuerdo mediante el cual se había declarado penalmente responsable a Federico Costich por iniciar un incendio que provocó la muerte de su hijo y por haber agredido a su hija en los días previos, en marzo de 2024.

 

La decisión implica retrotraer el proceso a la etapa de control de la acusación, instancia previa al juicio, dejando sin efecto el acuerdo que había sido homologado por un juez de garantías en marzo pasado y que incluía la admisión de responsabilidad por parte del imputado.

 

La fiscal del caso, Lucrecia Sola, junto a la asistente letrada Agustina Bouyer, ambas de la unidad fiscal de Delitos Contra las Personas, había solicitado el 5 de agosto, en la audiencia de cesura, la imposición de una pena de 20 años de prisión efectiva para Costich, luego de acreditar el contexto de violencia hacia sus dos hijos y la gravedad de los delitos. La querella particular, en representación de la hija sobreviviente y de la madre del joven fallecido, había adherido al planteo.

 

Sin embargo, el tribunal —integrado por la jueza Carina Álvarez y los jueces Gustavo Ravizzoli y Andrés Repetto— tras el desarrollo de la audiencia para determinar la pena, resolvió no avanzar y nulificar parte del proceso.

 

Los hechos atribuidos

 

De acuerdo con la imputación de la fiscalía y la querella, el primer hecho ocurrió el 24 de marzo de 2024 en la vivienda de Costich, cuando agredió a su hija, le provocó quemaduras en el rostro tras rociarla con insecticida y prenderla fuego, luego de golpearla y encerrarla.

 

El segundo hecho tuvo lugar el 26 de marzo de 2024, en la misma casa, cuando inició un incendio intencional mientras su hijo dormía en la planta alta, provocando su muerte. Según la acusación, el imputado actuó bajo los efectos de drogas y alcohol, en un contexto de violencia de género y maltrato hacia sus dos hijos.

 

La calificación legal sostenida por la fiscalía es lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada (primer hecho), y estrago doloso seguido de muerte (segundo hecho).

 

Con la decisión del viernes, el proceso debería retomar el curso desde la etapa de control de acusación, donde las partes debatirán nuevamente sobre la admisibilidad de la prueba y las calificaciones legales, antes de avanzar hacia el juicio.

 

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